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1.
Transporte o repatriación sanitaria en caso de
enfermedad o accidente del Asegurado desplazado,
hasta un centro sanitario adecuadamente equipado o
hasta su país o lugar de residencia habitual
(Ilimitado). Incluido el acompañante.
2. Asistencia médica (gastos de
hospitalización, de intervenciones quirúrgicas, de
honorarios médicos, de gastos de enfermería y de
productos farmacéuticos) en caso de enfermedad o
accidente del Asegurado desplazado en el
extranjero (hasta 6.000,00 € máximo). En España
(hasta 1.800,00 € máximo).
3. Desplazamiento y alojamiento de una
persona acompañante del Asegurado
hospitalizado en caso de enfermedad o accidente
(residente en el país o lugar de residencia
habitual del Asegurado a elección de éste):
- Desplazamiento al lugar de hospitalización (viaje de ida y vuelta)
- Alojamiento : hasta 60,00€/día, con un límite máximo de 600,00€, o
diez días.
4. Prolongación de la estancia del
Asegurado desplazado, en caso de enfermedad o
accidente y siempre por prescripción facultativa (hasta 60,00€/día, con un límite máximo de
600,00€., o diez días).
5. Transporte o repatriación del
Asegurado fallecido y desplazamiento de una
persona acompañante (residente en el país o lugar
de residencia habitual del Asegurado) que
acompañe el cuerpo, hasta el lugar de inhumación,
cremación o ceremonia funeraria en su país de
residencia habitual.
6. Desplazamiento del Asegurado por
interrupción del viaje, debido al fallecimiento de
un familiar hasta el segundo grado de parentesco
en el país de residencia habitual del Asegurado.
7. Desplazamiento del Asegurado por interrupción del viaje, debido a una emergencia en su residencia habitual o locales profesionales.
8. Envío de medicamentos prescritos
por un facultativo con carácter urgente.
9. Transmisión de mensajes urgentes.
10. Adelanto de fondos en caso de robo, pérdida de equipaje, enfermedad o accidente del
Asegurado desplazado en el extranjero ( hasta
1.500,00 € máximo).
11. Indemnización en caso de pérdida,
robo o destrucción total o parcial por el
conjunto del equipaje y efectos personales
facturados, durante el transporte realizado por la
compañía transportista (hasta 600,00 € máximo).
12. Indemnización en caso de demora
superior a 6 horas desde la llegada del vuelo,
en la entrega del equipaje y efectos personales
facturados en vuelo (hasta 90,00 € máximo) para
sufragar los gastos de primera necesidad.
13. Localización y envío de los
equipajes y efectos personales, hasta el lugar
del viaje previsto o hasta el lugar de residencia
habitual del Asegurado.
14. Fallecimiento accidental del
Asegurado, como consecuencia de un accidente
en el medio de transporte público contratado (60.000,00 €).
15. Responsabilidad civil privada del
Asegurado (hasta 60.000,00 € máximo).
Condiciones de Intervención :
Cuando se produzca alguno de los hechos objeto de
las prestaciones garantizadas, se solicitará por
teléfono la asistencia correspondiente. Las
llamadas que el Asegurado efectúe serán a cobro
revertido y a los siguientes teléfonos:
- Desde España: 902 19 60 30
- Desde el extranjero: ( +34 ) 91 581 18 23
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